Beneficiario final: ¿A quién se puede divulgar la información?

Bajo la presión política populista, muchos centros financieros offshore están estableciendo registros públicos de UBO, es decir, beneficiarios reales finales de empresas, fideicomisos y fundaciones.

El hecho es que, hoy en día, las sociedades offshore no pretenden ocultar su identidad al gobierno o a las autoridades fiscales de su país de residencia. Incluso si se mantienen registros cerrados en la jurisdicción de incorporación, la identificación de los beneficiarios reales finales es una parte esencial del trabajo de los oficiales de cumplimiento de las instituciones bancarias y de pago, sociedades fiduciarias y agencias de formación de sociedades.

Beneficiario final

¿Cuál es la razón de esto, y exactamente qué información contienen tales registros de beneficiarios reales? Tratemos de entender en detalle. ¿Quién se considera un beneficiario final realmente final? ¿Por qué es necesario proporcionar los datos incluso en jurisdicciones sin acceso público a los registros?

Beneficiario final de la empresa: definición legal

Para evaluar adecuadamente los riesgos y posibles consecuencias legales, es necesario determinar quién o qué es el beneficiario final de una empresa, fideicomiso o fundación.

De acuerdo con la definición del GAFI, un beneficiario final se define como una persona física o jurídica que en última instancia posee o controla a un cliente y/o la persona física en cuyo nombre se realiza una transacción. También incluye a aquellas personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona o estructura jurídica.

Sin embargo, esta definición está abierta a una amplia interpretación. En particular, los beneficiarios reales pueden incluir personas que sean los beneficiarios reales finales y/o posean al menos el 25 por ciento del capital social de la entidad controlada. Otro punto importante es que los beneficiarios reales también pueden definirse como otras personas que directa o indirectamente influyen en las decisiones que se toman con respecto a la empresa, incluidos los casos en que estas personas no tienen la propiedad formal de las acciones de la persona jurídica.

Nuestros expertos ayudarán a los beneficiarios reales de sociedades offshore y otras empresas extranjeras y estructuras fiduciarias a minimizar los riesgos mediante el uso de una estructura comercial bien pensada y planificada profesionalmente.

Es importante tener en cuenta que, de acuerdo con las leyes de una jurisdicción en particular, los beneficiarios finales pueden definirse como personas que originalmente no fueron definidas como beneficiarios reales finales. En la mayoría de los países con registros públicos de UBO, esta categoría puede incluir directores ejecutivos y miembros del directorio de la empresa. La práctica muestra que el método de estimación más utilizado tiene en cuenta la participación en el capital social de la empresa, es decir, los titulares del 25 por ciento de las acciones o más.

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Nota IMPORTANTE. Los beneficiarios efectivos de las empresas offshore solo pueden ser identificados por agentes registrados y bancos con su consentimiento.

Divulgación de información sobre el propietario real: ¿cuándo y a quién?

La información sobre los beneficiarios finales contenida en los registros públicos está disponible tanto para las autoridades como para terceros. En tales jurisdicciones, su información está abierta: estos datos pueden ser encontrados por cualquier competidor interesado, cartel de secuestro por rescate, periodista, asaltante corporativo o buscador de oro, si saben dónde buscarlos.

En jurisdicciones con registros cerrados, su información no está sujeta a divulgación automática a terceros. En este caso, la información se proporciona a entidades o personas solo en función de la «necesidad de saber». Si las autoridades competentes envían una solicitud, por ejemplo, el regulador nacional, el servicio de impuestos o Interpol, los datos se divulgarán en base a una decisión judicial, posiblemente sin notificar al beneficiario real u otra parte interesada.

¿Es posible evitar proporcionar información sobre el propietario real de una empresa offshore para reducir los riesgos? La respuesta es no. Hoy en día, es ilegal e imposible por las siguientes razones:

  1. El agente registrado en la jurisdicción de incorporación debe tener esta información. De lo contrario, no podrá establecer un negocio.
  2. No se puede abrir una cuenta bancaria sin información detallada sobre el último beneficiario.
  3. Las reglas de KYC (para conocer al cliente) y AML (para el Anti Lavado de Dinero) exigen que la institución financiera verifique la identidad de los propietarios reales y los beneficiarios finales (en términos generales, esto significa titulares del 25 por ciento de las acciones o más).

Es importante comprender que la divulgación de dicha información en jurisdicciones con registros confidenciales/cerrados solo es posible por decisión de un tribunal internacional o autoridad judicial del mismo país. En la mayoría de los países con registros públicos de UBO, la divulgación se paga o requiere un permiso especial.

En cuanto a las autoridades de control, el acceso a dicha información por decisión judicial puede ser obtenido por:

  • Departamentos de Aduanas e Impuestos;
  • órganos de control;
  • Organismos judiciales y de aplicación de la ley;
  • La oficina del fiscal;
  • inteligencia financiera;
  • Unidades nacionales o regionales especializadas interesadas en combatir la evasión fiscal;
  • Administraciones de registro de dominios;
  • Autoridades nacionales encargadas de combatir los delitos económicos;
  • Otros departamentos nacionales de justicia.

La lista de reguladores y autoridades de supervisión que tienen derecho a obtener los datos sobre beneficiarios reales varía de un país a otro y depende de su legislación nacional.

En cuanto a los terceros, las jurisdicciones extraterritoriales con registros cerrados tienen reglas estrictas de seguridad de datos, cuya violación se considera un delito penal y se castiga con bastante severidad. Por lo tanto, para la divulgación de información se requiere una base sólida y bien razonada sustentada en documentos.

¿Por qué los países están introduciendo registros públicos UBO en masa?

Ucrania se convirtió en el primer país del mundo en establecer registros disponibles públicamente de los propietarios reales de las empresas. El 14 de octubre de 2014 se aprobó una ley especial que obliga a todos los empresarios a informar al Registro Estatal de Personas Jurídicas, Unipersonales y Asociaciones Públicas (fecha de vigencia 26 de septiembre de 2015).

Entonces, ¿cuál es la razón de la rápida creación de registros públicos de UBO en muchos países de Europa, Asia y más allá? La Directiva Antilavado de Dinero de la UE AMLD5 obliga a las autoridades de muchos países a cumplir con los estándares internacionales. Una situación similar se observa en muchas jurisdicciones antes conocidas como paraísos fiscales. Por ejemplo, un Registro PSC se introdujo en el Reino Unido en 2016. Enumera los datos de todas las personas con un control significativo sobre una empresa en particular, incluso si no son poderes reales. Al mismo tiempo, el beneficiario final puede retener sus datos si demuestran un mayor riesgo de divulgación.

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Importante. En marzo de 2021, la Unión Europea conectó los registros UBO de sus estados miembros en un único sistema de información.

Propietario efectivo de una sociedad offshore

Las empresas grandes, medianas y pequeñas deben prepararse para el hecho de que, tarde o temprano, muchas jurisdicciones extraterritoriales seguirán el ejemplo europeo y establecerán registros públicos de UBO. Las Islas Vírgenes Británicas, por ejemplo, están muy avanzadas en este proceso. Estados Unidos también anunció en 2021 que está estableciendo un Registro de beneficiarios reales.

Hoy en día, muchos países del mundo todavía ofrecen un entorno competitivo de cero impuestos a las empresas offshore y guardan celosamente la información de sus beneficiarios finales. Por lo tanto, es necesario llevar a cabo la correcta estructuración y planificación hoy, para que mañana pueda controlar qué información aparece en el dominio público sobre usted, su cónyuge y sus hijos.

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Importante. Las realidades de hoy hacen que las empresas construyan mecanismos cuidadosamente diseñados para mejorar la seguridad de los datos y diversificar los activos. Por supuesto, los costos aumentan con la complejidad: como dice el viejo refrán, ¡la libertad no es gratis!

Le recomendamos que aborde sus problemas de privacidad y protección de activos ahora mismo. Esto permitirá que su estructura empresarial cumpla plenamente con las normas del derecho internacional, las leyes nacionales del país de incorporación y las de sus países de residencia.

Repasemos brevemente qué países extraterritoriales populares planean dar marcha atrás a los registros cerrados de beneficiarios reales como parte de la mejora de la transparencia fiscal, y el marco de tiempo en el que debe revisar sus propias estructuras comerciales:

  1. Las Islas Vírgenes Británicas, la Isla de Man y otros territorios de ultramar del Reino Unido lo harán para 2023.
  2. Gibraltar estableció un registro en 2017. Ha estado disponible en línea desde marzo de 2020.
  3. Jersey hará público su registro digital extendido para 2023.
  4. Singapur tiene un registro cerrado que comenzó el 30 de julio de 2020.

De todos modos, la situación de un determinado grupo empresarial debe ser tratada individualmente. Hoy, no todos los países tienen el tiempo o la inclinación para implementar AMLD5.

Por otro lado, los registros de beneficiarios reales en algunas de las jurisdicciones extraterritoriales convencionales de mayor perfil siguen estando protegidos. Por ejemplo, Seychelles permite el anonimato mediante registros cerrados. Los agentes residentes conservan la información sobre los beneficiarios reales finales y los propietarios de la empresa durante al menos siete años a partir de la fecha de liquidación de dicha empresa, después de lo cual se destruye.

Beneficiarios efectivos de fideicomisos offshore

Como se discutió anteriormente, el término “beneficiario real” se refiere a las personas que en última instancia poseen o controlan un activo y directa o indirectamente se benefician de él.

La característica que define a un beneficiario real de un fideicomiso es que dicha persona tiene un grado de control sobre el activo que le permite beneficiarse de él. No importa si no es el propietario legal (es decir, el fideicomisario siempre tiene el título legal) o el beneficiario del fideicomiso. Es importante señalar que el “beneficiario real” siempre debe ser una persona física, ya que una persona jurídica no puede ejercer el control “último” sobre un activo: las empresas siempre están controladas directa o indirectamente por personas físicas.

En el contexto legal de los fideicomisos, no existe una fórmula fija, todo es caso por caso. Identificar quién tiene el control final sobre los activos mantenidos en fideicomiso requiere un estudio de la escritura de fideicomiso en sí. Esta es la razón por la cual las personas adineradas que buscan privacidad se sienten cada vez más atraídas por los fideicomisos offshore.

Generalmente hablando:

  • El Fideicomisario ejerce control sobre el activo, pero no es el controlador final, porque el Fideicomisario está legalmente obligado a actuar en nombre de los Beneficiarios.
  • El Fideicomitente transfiere la propiedad de los bienes del fideicomiso al Fiduciario en beneficio del Beneficiario, pero el Fiduciario también puede continuar ejerciendo cierto control o influencia sobre el fideicomiso.
  • El Beneficiario puede beneficiarse del fideicomiso, pero generalmente no puede ejercer ningún control sobre el mismo.

Divulgación de información sobre beneficiarios finales de servicios bancarios corporativos

Una vez más, nos gustaría llamar su atención sobre el hecho de que cualquier banco está obligado a obtener los datos de los propietarios reales de una empresa, fideicomiso o fundación como parte del procedimiento KYC. ¿Significa esto que su información personal estará disponible al público? ¡Para nada!

Las instituciones financieras lo utilizan exclusivamente para sus propias auditorías internas, conocidas por muchos empresarios e inversores como «cumplimiento». Los datos se proporcionan únicamente con el consentimiento y conocimiento del cliente.

Es importante comprender que, sin información sobre los propietarios reales de la empresa, las instituciones financieras simplemente no abrirán ninguna cuenta. Con la ayuda de nuestros expertos, la probabilidad de rechazo se reduce significativamente, ya que tenemos experiencia y habilidades prácticas en la preparación adecuada de documentos para la aprobación previa o la apertura estándar de una cuenta para su empresa.

Puede obtener más información durante la consulta con nuestros expertos. No dude en contactarnos ahora mismo por correo electrónico, chat en línea o a través de cualquiera de los mensajeros convenientes para usted.

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